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En lo que hace referencia a la identificación de los terneros,
en las explotaciones registradas en la I.G.P. se realizará una identificación
individualizada, cumpliendo los plazos y conforme a las
normas establecidas por la Autoridad Competente, para su incorporación
en el SIMOGAN.
El Consejo Regulador ha aprobado como “crotal” para
la identificación de los terneros, la doble marca auricular dispuesta
por la Autoridad Competente, para la identificación de los animales bovinos,
llevando las marcas de ambas orejas el mismo y único código de
identificación.
La inscripción de terneros en la I.G.P. “Ternera Asturiana”,
se realiza por el propio Consejo Regulador antes de los cinco meses de edad,
tomando del SIMOGAN los datos facilitados por las ganaderías inscritas,
en lo referente a declaraciones de nacimiento de los terneros, cuyas madres cumplen
los requisitos raciales establecidos en el Reglamento.
En este momento se extiende una ficha individual para cada ternero, en la que
figuran todos los datos relativos al animal y también los del titular
de la explotación. Esta ficha individual deberá acompañar
en todo momento al animal hasta su llegada al matadero.
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